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Legislacion-Derecho Viajar cobrando paro: ¿Es posible? ✈️ General Travel Forum ✈️ p01 ✈️


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Diletante
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lakisti wrote:
Hola a tod@s!!
Mi pareja está cobrando el plan PREPARA.
Puede viajar al extranjero, menos de 15 días,cobrando esta ayuda?
Gracias

Supongo que aplicarán los mismos criterios generales que en la prestación contributiva: puede viajar al extranjero máximo 15 días al año solicitando autorización previa. Pero estas cosas es mejor preguntarlas directamente en las oficinas de desempleo Mr. Green
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Diletante
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SorayaPablo wrote:
Hola!!! me voy una semana de viaje fuera de España, y ya no cobro paro porque se me termina, es obligatorio decirlo al sepe? por solo 7 días y sin cobrar paro? sabéis, si no lo digo que pasaría? gracias

Pues si ya no cobras ni prestación ni subsidio, no veo la razón por la que tengas que comunicar nada.
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Amon1976
Dr. Livingstone

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Tengo entendido que cualquier persona que esta en el paro, tiene obligación de comunicar cualquier salida al extranjero, con el riesgo de que le den de baja del mismo. No cobra, pero como bien dice el forero capseal, pierde los derechos por antigüedad si le envian una carta y no se presenta.

Podría estar mas de 15 días porque no cobra ninguna prestación.
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Silvi_1982
Willy Fog

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Pero si no cobra, no está cometiendo nada contrario a la norma, es como si una persona que nunca ha trabajado se apunta al paro y sale de viaje, no sucede nada porque no recibe prestación. Igual que no cobra, tampoco tiene que cumplir con las obligaciones que surgen de estar cobrando, como la de avisar si se sale.
_________________
Caminante no hay camino, se hace camino al andar.
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Amon1976
Dr. Livingstone

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silvi_1982 wrote:
Pero si no cobra, no está cometiendo nada contrario a la norma, es como si una persona que nunca ha trabajado se apunta al paro y sale de viaje, no sucede nada porque no recibe prestación. Igual que no cobra, tampoco tiene que cumplir con las obligaciones que surgen de estar cobrando, como la de avisar si se sale.

Eres libre de apuntarte o no al paro, pero el que lo hace es para le lleguen ofertas de empleo, no para que irse de turismo al extranjero, salvo que sea para una entrevista de trabajo. En cualquier caso, la obligación de fichar cada tres meses es de obligado cumplimiento.

Si le llaman y no se presenta, la única consecuencia que tendría sería la baja del paro y perdería la antigüedad.

En cualquier caso yo veo muy positivo que se comunique al sepe, igual que también es recomendable comunicarlo a la embajada en algunos países.

Saludos.
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Diletante
Indiana Jones

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silvi_1982 wrote:
Pero si no cobra, no está cometiendo nada contrario a la norma, es como si una persona que nunca ha trabajado se apunta al paro y sale de viaje, no sucede nada porque no recibe prestación. Igual que no cobra, tampoco tiene que cumplir con las obligaciones que surgen de estar cobrando, como la de avisar si se sale.

Eso mismo era lo que yo pensaba, que el matiz lo marcaba el hecho de cobrar o no prestaciones, pero creo que no llevamos "razón burocrática" Evil or Very Mad

Parece ser que al inscrbirse como demandante de empleo se aceptan algunas obligaciones, entre ellas renovar la tarjeta de demanda de empleo en las fechas indicadas, presentarse en las oficinas del Sepe si te citan e informar de cambios personales o profesionales.

O sea que, como dice amon o capseal, la consecuencia podría ser la baja del paro y la perdida de la antigüedad Pelea
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Diletante
Indiana Jones

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diletante wrote:
lakisti wrote:
Hola a tod@s!!
Mi pareja está cobrando el plan PREPARA.
Puede viajar al extranjero, menos de 15 días,cobrando esta ayuda?
Gracias

Supongo que aplicarán los mismos criterios generales que en la prestación contributiva: puede viajar al extranjero máximo 15 días al año solicitando autorización previa. Pero estas cosas es mejor preguntarlas directamente en las oficinas de desempleo Mr. Green

Como he tenido que comunicar un contrat@ a los burócratas del Sepe, he estado trasteando en relación a esta pregunta y he encontrado esto que copio y pego de la web del Servicio Público de Empleo Estatal, antiguo Inem, por si le sirve a alguien en relación a los viajes al extranjero cobrando paro.

Si su salida es por un tiempo máximo acumulado de 15 días naturales al año, la prestación se mantiene, siempre que cumpla con las obligaciones establecidas en la norma, como es el mantenimiento de la demanda de empleo. Es conveniente comunicar en su oficina la salida, debiendo presentarse en ésta a su regreso, dentro de los 15 días hábiles siguientes al mismo y teniendo como fecha tope el primer día hábil siguiente a aquél en que se cumpla el periodo máximo de 15 días desde la fecha en que efectuó su salida al extranjero o desde la fecha en que se cumpla el plazo máximo de 15 días de ausencia de España dentro del año natural.

Si la salida al extranjero por cualquier causa es superior a 15 días pero no superior a 90, debe comunicarla al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la prestación se interrumpe. Puede reanudarla a partir del día siguiente al del regreso a España, siempre que solicite dicha reanudación en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de regreso. Si no fuera previamente comunicada al SEPE supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador cuya sanción es la extinción del derecho.

Si la salida es superior a 90 días, debe comunicarla al SEPE. La prestación por desempleo se suspende si su traslado al extranjero es para búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, siempre que la permanencia en el extranjero sea inferior a 12 meses, pues si es igual o superior a dicho período, la prestación se extingue. Si el período de traslado es inferior a 12 meses, el derecho se reanudará a partir del día siguiente al del regreso a España, siempre que se solicite en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a dicha fecha y acredite documentalmente alguno de los motivos indicados. Si no fuera previamente comunicado al SEPE, supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador, cuya sanción es la extinción del derecho.

En los supuestos de los párrafos segundo y tercero, debe comunicar la salida al Servicio Público de Empleo Estatal, bien llamando al teléfono 901119999 o presencialmente en su oficina de prestaciones previa petición de cita en internet o llamando al teléfono 901010210.
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Silvi_1982
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amon1976 wrote:
silvi_1982 wrote:
Pero si no cobra, no está cometiendo nada contrario a la norma, es como si una persona que nunca ha trabajado se apunta al paro y sale de viaje, no sucede nada porque no recibe prestación. Igual que no cobra, tampoco tiene que cumplir con las obligaciones que surgen de estar cobrando, como la de avisar si se sale.

Eres libre de apuntarte o no al paro, pero el que lo hace es para le lleguen ofertas de empleo, no para que irse de turismo al extranjero, salvo que sea para una entrevista de trabajo. En cualquier caso, la obligación de fichar cada tres meses es de obligado cumplimiento.

Si le llaman y no se presenta, la única consecuencia que tendría sería la baja del paro y perdería la antigüedad.

En cualquier caso yo veo muy positivo que se comunique al sepe, igual que también es recomendable comunicarlo a la embajada en algunos países.

Saludos.

Pero la cuestión que yo veo es que el cobro de la prestación lleva implícita unas obligaciones, como la de comunicar la salida de viaje previa solicitud de permiso o la búsqueda activa de empleo. Si no se cobra, esas obligaciones entiendo que no deben ir implícitas.....Evidentemente, es mi suposición y es en una oficina donde deben confirmar o desmentir este hecho.
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Brigantina
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Yo sí lo comunicaría, poruqe en el caso por ejemplo de que te llamasen para un curso o entrevista (sí, ya sé que por desgracia suena a ciencia ficción) en caso de no ir, como bien han comentado te quitan la antigüedad.
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DIARIO DE CUBA Y DE ESCOCIA


Viajar es imprescindible y la sed de viaje, un síntoma neto de inteligencia.
Enrique Jardiel Poncela
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Lakisti
Experto

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diletante wrote:
diletante wrote:
lakisti wrote:
Hola a tod@s!!
Mi pareja está cobrando el plan PREPARA.
Puede viajar al extranjero, menos de 15 días,cobrando esta ayuda?
Gracias

Supongo que aplicarán los mismos criterios generales que en la prestación contributiva: puede viajar al extranjero máximo 15 días al año solicitando autorización previa. Pero estas cosas es mejor preguntarlas directamente en las oficinas de desempleo Mr. Green

Como he tenido que comunicar un contrat@ a los burócratas del Sepe, he estado trasteando en relación a esta pregunta y he encontrado esto que copio y pego de la web del Servicio Público de Empleo Estatal, antiguo Inem, por si le sirve a alguien en relación a los viajes al extranjero cobrando paro.

Si su salida es por un tiempo máximo acumulado de 15 días naturales al año, la prestación se mantiene, siempre que cumpla con las obligaciones establecidas en la norma, como es el mantenimiento de la demanda de empleo. Es conveniente comunicar en su oficina la salida, debiendo presentarse en ésta a su regreso, dentro de los 15 días hábiles siguientes al mismo y teniendo como fecha tope el primer día hábil siguiente a aquél en que se cumpla el periodo máximo de 15 días desde la fecha en que efectuó su salida al extranjero o desde la fecha en que se cumpla el plazo máximo de 15 días de ausencia de España dentro del año natural.

Si la salida al extranjero por cualquier causa es superior a 15 días pero no superior a 90, debe comunicarla al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la prestación se interrumpe. Puede reanudarla a partir del día siguiente al del regreso a España, siempre que solicite dicha reanudación en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de regreso. Si no fuera previamente comunicada al SEPE supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador cuya sanción es la extinción del derecho.

Si la salida es superior a 90 días, debe comunicarla al SEPE. La prestación por desempleo se suspende si su traslado al extranjero es para búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, siempre que la permanencia en el extranjero sea inferior a 12 meses, pues si es igual o superior a dicho período, la prestación se extingue. Si el período de traslado es inferior a 12 meses, el derecho se reanudará a partir del día siguiente al del regreso a España, siempre que se solicite en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a dicha fecha y acredite documentalmente alguno de los motivos indicados. Si no fuera previamente comunicado al SEPE, supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador, cuya sanción es la extinción del derecho.

En los supuestos de los párrafos segundo y tercero, debe comunicar la salida al Servicio Público de Empleo Estatal, bien llamando al teléfono 901119999 o presencialmente en su oficina de prestaciones previa petición de cita en internet o llamando al teléfono 901010210.

Muchas gracias a tod@s!!!
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El_cheri
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Saludos a todos.

Llevo ya varios días con la intención de cogerme un año sabático, y salir en dirección a Asia, sin destino aparente, simplemente salir de mi día a día.

Bueno la intención era vivir de mí merecido paro., ya que llevo muchísimo tiempo cotizando, y creo que me lo merezco. Pero da la casualidad que si te vas del país por más de 3 meses, te quedas sin prestación(bueno, quedarte sin tampoco, porque la puedes parar, para cuando regreses volver a cobrarla).
Me e fijado en algún foro sobre el tema, pero están a fecha del 2009.

Alguien esta como yo? sabe alguien que si hay alguna opción para alargar los 90 días?
Back to top Saludos a todos. llevo ya varios días con la intención de cogerme un año sabático, y salir en dirección a Asia, sin destino aparente... El_cheri Share:
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Galyna
Willy Fog

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Hola el_cheri, traslado tu mensaje al hilo donde se habla de este tema.

Un saludo.
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El viajero quizás no vive mejor, pero sin duda vive más intensamente

https://www.instagram.com/galynatutaonana/
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Brigantina
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el_cheri wrote:
Saludos a todos.

Llevo ya varios días con la intención de cogerme un año sabático, y salir en dirección a Asia, sin destino aparente, simplemente salir de mi día a día.

Bueno la intención era vivir de mí merecido paro., ya que llevo muchísimo tiempo cotizando, y creo que me lo merezco. Pero da la casualidad que si te vas del país por más de 3 meses, te quedas sin prestación(bueno, quedarte sin tampoco, porque la puedes parar, para cuando regreses volver a cobrarla).
Me e fijado en algún foro sobre el tema, pero están a fecha del 2009.

Alguien esta como yo? sabe alguien que si hay alguna opción para alargar los 90 días?

Cobrando no, ten en cuenta que se supone que cuando una persona está en paro la prestación se cobra como "reparación" a esa situación pero en teoría el menor tiempo posible porque se da por hecho que la finalidad es encontrar trabajo lo antes posible.
Así que la norma es que si se está fuera de España, no se percibe prestación.
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Enrique Jardiel Poncela
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Diletante
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el_cheri wrote:
sabe alguien que si hay alguna opción para alargar los 90 días?

Cobrando, imposible (solo puedes estar 15 días), y por lo que te ha dicho Brigantina.

Y sin perder la prestación a la vuelta, te dejo esto que encontré el sábado en la web del Sepe (así que supongo que estará actualizado).

"Si la salida es superior a 90 días, debe comunicarla al SEPE. La prestación por desempleo se suspende si su traslado al extranjero es para búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, siempre que la permanencia en el extranjero sea inferior a 12 meses, pues si es igual o superior a dicho período, la prestación se extingue. Si el período de traslado es inferior a 12 meses, el derecho se reanudará a partir del día siguiente al del regreso a España, siempre que se solicite en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a dicha fecha y acredite documentalmente alguno de los motivos indicados. Si no fuera previamente comunicado al SEPE, supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador, cuya sanción es la extinción del derecho."

O sea, que lo mismo convences al funcionario de turno de que tu futuro laboral está en Asia o que te vas a perfeccionar el chino mandarín o que tu espíritu solidario te impulsa a ayudar a los pobrecitos nativos.

Los años sabáticos son fabulosos (y te lo digo por experiencia), pero tampoco pretendas que te los pague la Tesorería General de la Seguridad Social Mr. Green
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Selenetsukino
Super Expert

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Pues la verdad es que si no estoy cobrando el paro ni me preocupo de pensar en si tengo que avisar porque a mi jamás me han llamado para nada y para lo que me ha servido la antigüedad hasta ahora es simplemente para verla aumentar lo cual es un poco depresivo., por mi que se la queden...
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Semperffidelis
Indiana Jones

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Situaciones deprimentes , la de todos los desempleados.
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Kenia-Mauricio (2007); Italia-Vaticano (2008); Marruecos (2009); México (2011);
Malta-Indonesia (2013); Egipto-Turquía (2014); Turquía (2015)
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Semperffidelis
Indiana Jones

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!Vaya país!

Mi apoyo a los que estamos en esta mísera situación.
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X_áglea_x
Experto

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Hola¡ dentro de unas semanas me voy a Londres y aunqu no estoy cobrando ahora ninguna ayuda del sepe, estoy registrada allí. Es necesario que avise que me voy cuatro días al extranjero? No, verdad?
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Gasolines
Willy Fog

Willy Fog
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Al no estar cobrando ninguna prestación, en principio no deberias, pero aunque solo sean 4 días yo me acercaría para comentarselo por si acaso.


Saludos
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FallenOnEarth
Experto

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rodei wrote:
Gabrielol wrote:
Yo me fuí una semana al extranjero sin avisar y no pasó nada. Pero en el riesgo está el beneficio.
Yo no apoyaria esta cuestion, sigo este hilo desde hace algun año y he leido algun caso jodido donde le hicieron devolver una buena cantidad de dinero...
Si hay alguien que la quiera hacer adelante, pero no demos pie a saltarse la norma, por muy injusta que nos parezca.


Que yo sepa, pero en realidad me lo dijeron cuando me informé para cobrar el subsidio, no el paro, si te llaman y no te puedes presentar lo que pasa es que pierdes un mes de pago. Nada mas

gempe wrote:
figarillo wrote:
Yo tengo una conocida que estuvo un año en Escocia cobrando el paro.

Como pusieron eso de fichar on line no tenia ni que ir a la oficina.

Otro amigo estuvo tres meses en Berlín. También fichando on line
Pero ten presente que es posible que un días vayas a sellar on line y no puedas y te digan que pasen por la oficina del Inem.Motivo:verificacion de datos personales.
Eso le paso a mi mujer ,un año y medio on line y una vez presencial.Si estas en el extrangero y hoy es día de sellar y te salen que te presentes no llegas a tiempo seguro.saludos

Yo creo que solo esto te puede pasar, o que te llaman para ofrecerte un trabajo (jajajja) o que te obliguen pasar por la oficina.

Pero no creo que haya otros controles.

Vamos, creo que es fácil cobrar el paro/subsidio viajando o viviendo en el extranjero.

Dicho esto no deja de ser un dinero que te ofrecen como AYUDA mientras BUSCAS trabajo. No para pagarte las vacaciones.
Back to top yo creo que solo esto te puede pasar, o que te llaman para ofrecerte un trabajo (jajajja) o que te obliguen pasar por la oficina. pero no... FallenOnEarth Read My Blog(1 Blogs) 19 Photos Share:
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